¿Cómo afecta la reforma penal a las reclamaciones por accidentes de circulación ya en trámite?

Como consecuencia de la reforma del Código Penal (CP) llevada a cabo por la Ley Orgánica 1/2015 que ha entrado en vigor el día 1 de julio de 2015, se han derogado las faltas por lesiones imprudentes del artículo 621.3 CP mediante las cuales se enjuiciaba la imprudencia leve puesta de manifiesto en accidentes de circulación, que provocasen lesiones que requiriesen de más de una primera asistencia facultativa y/o tratamiento médico quirúrgico, para su curación o estabilización. Los accidentes de circulación que causaban dicho tipo de lesiones eran susceptibles de poder ser denunciados penalmente delante del Juzgado de Instrucción correspondiente tramitándose la reclamación por el Juicio de Faltas, ahora derogado. (más…)